Sexta, 19 de Abril de 2024
   
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Declaración de los Derechos de Dios

Artículo 1º: Dios tiene derecho a permanecer callado (Jb 30.20).

 

Artículo 2º: Dios tiene el derecho de dar al hombre lo que Él quiera, así como de quitar de las personas lo que bien le agrade. (Jb 1.21).

 

Artículo 3º: Dios tiene el derecho de crear individuos con defectos físicos sin revelar las razones de eso. (Ex 4.11).

 

Artículo 4º: Dios tiene el derecho de hacer enfermar y de quitar la vida de personas inocentes, inclusive niños (2Sm 12.15-18).

 

Artículo 5º: Dios tiene el derecho de traer desgracias y calamidades sobre grandes poblaciones, siempre que, a la luz de sus designios insondables y soberanos, juzgue esto necesario (Ex 12.29-30; Is 45.7).

 

Artículo 6º: Dios tiene el derecho de elevar hombres impíos a la posición de líderes de gobierno a fin de usarlos para la realización de sus planos perfectos y sabios (Dn  4.17; Jn 19.10-11).

 

Artículo 7º: Dios tiene el derecho de disciplinar a sus hijos como y cuando quiera (Hb 12.10-11; Ap 3.19).

 

Artículo 8º: Dios tiene derecho a decir "no" como respuesta a las oraciones de los hombres (Dt 3.23-26; 2Cor 12.7-9).

 

Artículo 9º: Dios tiene el derecho de exigir de sus siervos todo lo que desee, sin tener que dar nada a cambio y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior (Gn 22.1-2).

 

Artículo 10º: Dios tiene el derecho de rechazar cultos manchados por la irreverencia, por desorden y por prácticas que él nunca exigió de sus adoradores (Is 1.11-15; 1Cor 14.40).

Artículo 11º: Dios tiene el derecho de endurecer el corazón de quien quisiera (Rm 9.18).

 

Artículo 12º: Dios tiene el derecho de crear personas destinadas para el castigo (Rm 9.21-22).

 

Artículo 13º: Dios tiene el derecho de hacer perecer en el infierno tanto el alma como el cuerpo del hombre perdido (Mt 10.28; Ap 1.18).

 

Artículo 14º: Dios tiene el derecho de elegir personas para con ellas usar de misericordia (Rm 9.15,18).

 

Artículo 15º: Dios tiene derecho a imponerse por encima de la voluntad humana, ignorándola y despreciándola siempre que choque con sus designios inmutables (Jb 11.10; Is 43.13; 46.10).

 

Artículo 16º: Dios tiene derecho a ser alabado, amado y adorado, incluso cuando ejerce todos los derechos enumerados en los artículos anteriores (Jb 1.21; Ap 14.6-7).

 

Artículo 17º: Los derechos supra citados son irrevocables e irretractables, independientemente de la disconformidad de los hombres o incluso cuando amenazan su libertad, debiendo ser proclamados y defendidos por la iglesia en el ejercicio de sus atribuciones, bajo pena de romper con el cristianismo histórico.

 

Pr. Marcos Granconato
Soli Deo gloria

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